¿Hay o no hay motivo para sentirse perplejo? Y más cuando al mismo tiempo -como explica bien d'Avack- el propio Supremo, en un caso de negativa a admitir cuidados médicos por parte de un Testigo de Jehová, establece, en cambio, que los médicos sólo deben hacer caso de dicha negativa, si está plasmada «en una declaración articulada, puntual y expresa, de la que emerja dicha voluntad inequívocamente».
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