Desde hace unos días, a cuenta del caso del presidente de Murcia, ha saltado a los medios el debate sobre el momento adecuado para que dimita un político sospechoso de corrupción. El principal argumento de los que sostienen que debe esperarse hasta el juicio oral (o incluso la sentencia) para forzar la dimisión de un representante público es la presunción de inocencia. Sin embargo, en este escrito intentaré argumentar por qué no estamos ante un caso en el cual se pueda aplicar la presunción de inocencia como argumento.
Actualmente existe ya en España un estatuto por el cual la mera imputación de una persona implica la suspensión de empleo y sueldo, estoy hablando del estatuto de la policía. Un policía, desde el mismo momento en que es imputado por un presunto delito, y mucho antes de que llegue a juicio oral, es suspendido de empleo y sueldo y apartado de sus funciones. Hay muchos motivos para que esto suceda, desde su posición un policía puede obstaculizar su propia investigación, interferir e influenciar a sus compañeros, obtener información privilegiada sobre su caso, destruir pruebas, seguir delinquiendo y sus actuaciones pueden ser puestas en duda si llega a ser condenado. Todas y cada una de las razones anteriormente expuestas aplican al caso de un político imputado, algunas de ellas incluso con mayor razón. Y El caso de la policía no es único, los jueces también son apartados cautelarmente de sus cargos cuando son imputados. En este país no existe un debate abierto sobre si apartar a un policía o un juez de sus funciones cuando es imputado va contra su presunción de inocencia, porque no es así. El debate no debería ser si los políticos deben ser apartados de su cargo al ser imputados, la inconsistencia jurídica es que en este país no exista un procedimiento para apartar cautelarmente de su cargo a los políticos imputados.
La presunción de inocencia defiende los derechos fundamentales de las personas, la libertad, la propiedad... pero no puede servir para defender privilegios. La confusión de implicar la presunción de inocencia con la política viene del error tan común en este país de considerar un cargo publico como una posesión o un derecho de quien lo ostenta, cuando realmente es un privilegio temporal concedido por la ciudadanía. La capacidad de impartir justicia, de tener autoridad pública, de gobernar... es un privilegio que otorga la ciudadanía a quién considera digno de la misma. Como tal, la ciudadanía tiene el derecho de retirar el privilegio en el momento que considere oportuno, por ejemplo, cuando se es sospechoso de haber cometido un delito.
En un país en el que las aperturas de juicio oral tardan cinco años, y las sentencias firmes pueden tardar diez, aludir a la presunción de inocencia para que los políticos imputados sigan en sus cargos es un atropello a la ciudadanía. No puede haber sospechosos de corrupción gobernándonos durante varias legislaturas con la única excusa de la presunción de inocencia. El daño potencial que pueden causar es demasiado elevado y la indefensión de la ciudadanía es enorme. Muy por encima del mantenimiento de su privilegio de gobernar está el derecho de la ciudadanía a sentirse segura con quienes les gobiernan. De igual manera que la gente tiene derecho a confiar en sus jueces y policías, y por eso apartamos a los imputados, tiene derecho a sentirse seguros con sus políticos.
Yo personalmente me sentiría más seguro con policías imputados patrullando que con presidentes autonómicos imputados gobernando. La falta de un estatuto que aparte a los políticos imputados es una laguna legal que no puede mantenerse más en un país en el que la corrupción es uno de los principales problemas percibidos por la ciudadanía.