En concreto, para acceder a España, el extranjero, de país no miembro de la Comunidad Europea, tendrá que acreditar que dispone de un diez por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), 64,4 euros, por cada día que pretenda permanecer en el país y por cada persona que le acompañe y dependa de él. La cantidad mínima a acreditar será el noventa por ciento del SMI, 577,26 euros.
|
etiquetas: inmigración