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El Estado anticipará la pensión alimenticia de los hijos cuando el progenitor no la abone

Un Fondo de Garantía asegurará unos mínimos en el cobro de las pensiones alimenticias de los hijos acordadas en resolución judicial cuando éstas no son abonadas por la persona obligada a hacerlo. Esta medidad, aprobada por el Consejo de Ministros, garantiza las pensiones a los vástagos menores y a aquéllos que, aun siendo mayores de edad, tengan una discapacidad superior al 65%.

| etiquetas: pensión , alimenticia , anticipo , estado , hijos
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