Según el Real Decreto 137/1993 de 29 de enero Sección II Art.109, sólo los mayores de 14 años (Froilán no los cumple hasta julio) podrán utilizar el tipo de armas que portaba Froilan, todo ello tras pasar un examen de capacitación. Si lo que estaba haciendo era caza, el arma que se estaba utilizando era ilegal para ese fin.
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