Empecemos por modificar la falaz distinción entre seguridad social a cargo de la empresa y del trabajador. Denominémosla por lo que realmente es: un “impuesto sobre el trabajo”, y dictemos por ley que conste íntegra en las nóminas y declaraciones de la renta. No sólo eso: que los salarios se abonen en las cuentas bancarias por su importe bruto, deduciendo a continuación, pero en apuntes separados, los pagos a la seguridad social y las retenciones por IRPF. Fijemos las escalas del IRPF de modo que la mayoría de declaraciones sean positivas...
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