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Empleo podrá suspender la prestación a un parado si aprecia "indicios suficientes de fraude"

El servicio público de empleo podrá suspender el abono de la prestación por desempleo a un parado "cuando se aprecien indicios suficientes de fraude" en el curso de investigaciones realizadas por los órganos competentes en materia de lucha contra el fraude. Así lo establece el Gobierno en el Real-Decreto ley de medidas antidéficit aprobado ayer y publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado, añadiendo así un nuevo párrafo al artículo 229 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social referido al control de prestaciones.

| etiquetas: empleo , suspensión , prestación , indicios , fraude , boe

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