La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado ahora el fallo de la Audiencia Nacional y destaca que los terrenos del Hotel Miramar son bienes de dominio público marítimo terrestre, «que lo son por naturaleza» y cuya catalogación y estatuto jurídico establece la propia Constitución, que incluye las playas en esa categoría. La Demarcación de Costas en Cantabria gana así la batalla del deslinde que ha venido manteniendo en los últimos años con los dueños del Hotel Miramar
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