La víctima relató la debacle que supuso la distribución de un vídeo sexual suyo sin su consentimiento: acabó en conocidas páginas pornográficas y corrió como la pólvora por el WhatsApp de Navia. La joven tuvo que marcharse a vivir a Madrid ante el acoso insoportable: la gente le hacía fotos y la señalaba con el dedo. El juicio se suspenderá si no acude el joven protagonista del vídeo, que vive en Alemania, y si no viene será multado
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etiquetas: suceso , acoso , wharsapp
En mi opinión los dos primeros son más o menos igual de culpables, y el tercero también lo es si recibe notificación del problema y no pone medios para evitar la difusión del vídeo.
Si, soy un aburrido. En los inicios de whatsapp estaba en un grupo de colegas, empezaron a mandar fotos XXX y similares, y me salí
El artículo 197 del Código Penal español establece que es ilegal captar, utilizar o difundir imágenes o grabaciones de carácter íntimo sin el consentimiento de la persona afectada. Esto puede incluir grabaciones realizadas en lugares públicos si el contenido es de carácter íntimo o sexual.
#16 #14 #15 pero como ya se ha dicho, no queda nada claro
Me quedo igual que estaba antes de leerla.
Sobre el que está en alemania: "Es una tomadura de pelo. No viene, pero tampoco retira la acusación". No tiene sentido, no se explica una mierda, qué acusación, parece que denunciara a la víctima, pero luego le van a multar si no viene.
Hay situaciones absurdas como las que menciona #12. Yo recuerdo un juicio por alguien que instaló una cámara oculta durante una fiesta/botellón y pilló a todas las que iban a… » ver todo el comentario