En un artículo reciente, miles de veces visto y miles de veces meneado, se proponía un crowfunding para denunciar por delito contra la salud pública a la nueva corporación municipal de Madrid si revertía Madrid Central.
Aparte de las consideraciones políticas que se me ocurren, y de otras de índole más futbolera (la gente siente los colores, oye), me gustaría hacer un par de apuntes de carácter jurídico para que, si lo tienen a bien, respondan los entendidos y comenten los no entendidos.
En primer lugar, si la nueva corporación es culpable de delito contra la salud pública si revierte Madrid central, es de suponer que serían igualmente culpables los alcaldes anteriores que, pudiendo decretar la medida, no lo hicieron. De hecho, sería culpable la propia Carmena por los dos primeros años de su mandato. ¿O antes de Madrid central los coches no contaminaban? El alcalde actual no crea un ilícto nuevo, sino que regresa a un ilícito anterior, igualmente punible.
En segundo lugar, me pregunto por qué la alta contaminación del aire en Madrid Central es delito contra la salud pública, pero no lo es en Vallecas o Tetuán por decir algo. Igual de exigible es mantener las restricciones en Madrid Centro como imponerlas en el resto de los distritos. ¿O sólo los del centro tienen derecho a aire más limpio?
En tercer lugar, si permitir circular a los coches por las ciudades es delito contra la salud pública, me pregunto por qué tiene que ser sólo en Madrid, y no encausamos a todos los alcaldes, puesto que la contaminación perjudica la salud igual en Madrid que en Zaragoza, igual en Barcelona que en Cádiz?
A lo mejor en Cádiz no, porque allí gobierna Kichi y eso son palabras mayores. ¿Pero y el resto?
¿Nos damos cuenta de las cosas que decimos a veces y para las que se pide financiación por crowfunding?