Pocos trabajadores saben que cuando se jubila el empresario los pueden “despedir” sin preaviso y pagándoles una indemnización de solo un mes de salario. No la indemnización de despido objetivo (20d/año) ni menos aún la de despido improcedente (33d/año). Por mucha o poca antigüedad que tenga el trabajador, solo le tienen que pagar esa indemnización fija de un mes de salario. Lo mismo sucede en caso de muerte o incapacidad del empresario. Pero estamos en Españistán, tierra de empresaurios, por lo que hay truco. Como es (...)
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