El sistema de gestión de la Incapacidades Temporales a través de las Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales es una anomalía en la Unión Europea de los 15. No es fácil encontrar un país occidental donde los empresarios tengan otorgado el poder de decidir inicialmente si una lesión o enfermedad tiene el carácter de laboral. Tampoco que se les atribuya la facultad de emitir propuestas de alta médica, que se convierten de facto en altas efectivas, en los supuestos de enfermedad común o accidente no laboral.
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