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La constitución europea apoyaba el uso de las redes P2P.

Es la única interpretación posible que puede hacerse de su artículo 280.2.c), dado que literalmente decía que los Estados de la unión debían fomentar los intercambios culturales no comerciales. Esto confirma que los que nos gobiernan son conscientes de los indudables beneficios para toda la Sociedad de estas redes. Sin embargo, la opción por la que están optando es su criminalización... Sin palabras.

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