La sentencia indica que el juzgado, en octubre de 2012, declaró como hechos probados que el denunciante se personó el 16 de junio de ese mismo año en el domicilio materno para recoger a la niña y pasar ese fin de semana con ella, como le correspondía. Sin embargo, se encontró «con que no pudo recogerla, al no entregársela la denunciada»
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