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Comunicado del TEDH sobre la sentencia de la Doctrina Parot [español]

El tribunal falla: por 15 votos contra 2, que ha habido vulneración del artículo 7 (no hay pena sin ley) del Convenio Europeo de DDHH; por unanimidad, que desde el 3 de julio de 2008, la privación de libertad de la demandante no es regular y vulnera el artículo 5 § 1 (derecho a la libertad y a la seguridad); y por 16 votos contra uno, que corresponde al Estado demandado garantizar la puesta en libertad de la demandante en el plazo más breve posible. Relacionada: www.meneame.net/story/tribunal-estrasburgo-tumba-doctrina-parot

| etiquetas: tedh , comunicado , doctrina parot
10 2 1 K 106 mnm
10 2 1 K 106 mnm

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