Después de la reforma constitucional, en los presupuestos anuales de las Administraciones públicas se considerarán como gastos los servicios de la deuda -principal más intereses- y el pago de esos gastos gozará de prioridad absoluta frente a cualesquiera otros. En el libro Jesús. Aproximación histórica, José Antonio Pagola ofrece este panorama económico de la época:
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