Así lo dice una sentencia que acaba de dictar el Tribunal Supremo: "El sistema de enseñanza mixta, en el caso de los centros concertados [privados pagados con dinero público], es una manifestación o faceta más de esa competencia sobre la admisión del alumnado que corresponde a la Administración educativa que financia dichos centros", dice el texto de la sentencia. La "educación diferenciada", en los concertados, "no forma parte" de su "derecho a la dirección"
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