La CMT ha archivado la denuncia contra un miembro de la comunidad FON al que un particular acusaba de dar servicio de acceso a Internet sin estar registrado como operador. El regulador analiza el funcionamiento de la red de FON y concluye que no puede considerarse reventa y por tanto no es necesario que sus miembros tengan que cumplir las mismas obligaciones que un ISP.
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