Pese a lo que ha transcendido del fallo del pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en cuanto a considerar nulas determinadas cláusulas, como las limitativas de la bajada de tipos de interés o "cláusulas suelo" de las hipotecas, podría acabar siendo un fallo sin apenas efectos prácticos para el hipotecado. En lugar de considerar abusivas las cláusulas de suelo en general, parece que se limitará a los casos en que no se hayan cumplido los requisitos formales de las órdenes de transparencia bancaria vigentes en cada momento.
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