La Administración permite la venta de estos sustitutivos del tabaco convencional por considerarlos artículos de fumador. El Comisionado para el Mercado de Tabacos considera que en la actualidad el fumador utiliza estos productos como un complemento o sustitutivo del cigarrrillo convencional y que la acción de vapear, soltar vapor en vez de humo, presenta una innegable similitud y comparte elementos comunes con las de fumar, aspirar o inhalar
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