Con la nueva ley de tráfico queda claro que las infracciones cometidas por un conductor de bicicleta no podrán ser motivo de retirada de puntos: "La pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir."
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