En uno de nuestros artículos básicos, en el que se explican las normas legales sobre las vacaciones, ya dijimos que el art.38 ET que las regula es aplicable a todos los trabajadores, cosa obvia porque por algo es el Estatuto de los Trabajadores. Dicho art.38 ET comienza diciendo que las vacaciones no son sustituibles por compensación económica. Siempre tienes derecho a disfrutar de vacaciones, sea cual sea la duración de tu contrato. Dicho a la inversa, es ilegal que las empresas impongan no disfrutar de las vacaciones y (...)
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