Banca Popular Privada S.A, perteneciente al grupo Banco Popular, deberá devolver 84.365,98 euros a los herederos de la anciana, ya fallecida, al considerar que la entidad "omitió una obligación de información a la cliente que concluyó con la compra de un producto complejo, de elevado riesgo, procedente de un banco que atravesaba una crisis económica que era ya conocida por los analistas y que había tenido ya repercusiones graves en los mercados". Sentencia en PDF
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