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El Ayuntamiento de Bruselas empieza a requisar parte de las 4.500 viviendas que es ilegal tener vacías

El Ayuntamiento de Bruselas empieza a requisar parte de las 4.500 viviendas que es ilegal tener vacías

Tener un bien inmobiliario sin uso es ilegal según la normativa belga, que tenía 20 años pero que nunca se había aplicado porque la propia redacción de la norma tenía una trampa. La reforma de 2022 cambió las condiciones y a partir de entonces desde que un bien es requisado ya no puede ser devuelto al propietario original hasta pasadas décadas

| etiquetas: bruselas , viviendas vacías , ley
Comentarios destacados:                                  
#5 #3 aquí las viviendas expropiadas pasarían a ser:

- o bien gestionadas por una empresa de Florentino

- inmatriculadas a favor de la iglesia
¡Comunismo!
#2 bienvenido sea pues
#2 son eta.
¡Leña al mono que es de goma! Me gusta.
#1 Cuando prosperes y quieras tener una segunda residencia en la playa para la jubilación espero que te guste igual.
#52 Te sale más barato irte a un hotel todos los años que comprarte una casa.
#64 Tengo que contestarte o prefieres sacar tus propias conclusiones del ejemplo de la noticia?
#59 ... y lo peor de su argumentación es que legalmente hablando si tendría uso, el de "segunda residencia" xD
#52 cuñaooooo
#52 segunda residencia es un uso. Y tercera, y cuarta, y quinta, si te bañas en billetes.

Pisos que no se utilizan para residir, o incluso vacíos, fuera del mercado inmobiliario, son los que no están en uso.
#52 sabes perfectamente que ese no es el problema
#52 Viviendas “desocupadas”, amigo meneante. Una segunda residencia (o una tercera o una cuarta…) no es una vivienda desocupada. Tranquilo, que nadie te quiere quitar tu chalet de veraneo.
#52 Una segunda residencia no es una vivienda vacía. Fin del argumento.
#52 Entonces no es una residencia vacía
#52 Sin leer la ley estoy segurísimo de que tu ejemplo no entra.
#52 La mayoría de gente que piensa así está genética y ambientalmente condicionada a no prosperar nunca.
#52 La mayoría en su jubilación espera poco más que comer.
#52 todos soñamos con ese pisito en torrevieja
#52 ¿Que parte de "sin uso" no entiendes? ¿o quieres prosperar para tener una segunda residencia que no uses en la playa?
#52 una segunda residencia no es una casa vacia. Veo que te gusta el FUD y la mentira ;)
#52 Qué tontería. Tener una segunda residencia no es tener una "vivienda sin uso".
#1 Como se nota que eres de la clase mas baja, de los parias de la tierra y tu ideología la de ¡exprópiese!
Lo mio para mi y lo de los demás es de todos. Viva Cuba!
#25 El derecho a la propiedad privada esta limitado, por ejemplo si compras una obra de arte no puedes sacarla del pais segun que hayas comprado. Esto es lo mismo, el edificio es tuyo, lo tienes parado, no lo alquilas, no lo habitas, pues el estado lo acondiciona y lo alquila por ti.
#26 Con argumentos de "es lo mismo que..." se van limando los derechos fundamentales a base de falsas equivalencias para el interés de unos pocos y el populacho tan tranquilo.
#28 El derecho fundamental es el derecho a una vivienda digna, no veo en la constitución donde pone que tienes derecho a tener una vivienda vacía para hacer negocio con ella a costa de los derechos de los demás ciudadanos.
#34 El derecho fundamental es el derecho a una vivienda digna

No en este país, ni aun siendo europeos.

no veo en la constitución donde pone que tienes derecho a tener una vivienda vacía para hacer negocio con ella a costa de los derechos de los demás ciudadanos.

Está en el capítulo de la constitución donde SÍ están los derecho fundamentales.
#35 Artículo 33. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.

El artículo 47 de la Constitución Española declara que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y atribuye a los poderes públicos la obligación de promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho.


Como buen español que pareces por tu pulserita, deberías llevar siempre encima una copia de la constitución.
#38 Pues ea. Copiapega de vuelta.

Artículo 53

Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161, 1, a).

Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera

…   » ver todo el comentario
#42 Enero 2024, perdóname por darte de comer, se que es perjudicial para ti.
#49 Ad hóminem y a otra cosa. Suerte.
#26 Cuidado. Discutes con una cuenta con un mes de vida y argumentos de manual.
Huele.

#49 Ah. Te habías dado cuenta.
#49 #42 te acaba de explicar la diferencia entre derechos fundamentales (propiedad privada) y principios rectores (vivienda digna), pero prefieres escudarte en la fecha de creación del usuario en lugar de ir a verificar cómo están estructurados los artículos de la CE.

“Vivienda digna” es un principio rector porque ya para empezar es un concepto subjetivo. Qué es una vivienda digna? Donde tiene que estar esa vivienda para que sea digna? Qué características tiene que tener una vivienda digna? Esas características son comunes a todas las comunidades y municipios?

Menos ad-hominems y más leer y darle al coco.

Y ahora si quieres mira la fecha de creación de mi usuario.
#38 El art. 47 está incardinado dentro de los principios rectores de la política social y económica. Queda fuera de la especialísima protección de la que sí gozan los artículos 14 a 29.
#35 No, no existe ese derecho a una vivienda digna como derecho fundamental, es peor aún y te va a escocer más, el derecho a la vivienda es un principio rector de la política económica y social de toda la normativa del ordenamiento jurídico español. Lo que viene siendo: Que toda la normativa tiene que estar supeditada a esos principios rectores en su desarrollo.

"Está en el capítulo de la constitución donde SÍ están los derecho fundamentales."
Y no, no puedes abusar de ningún…   » ver todo el comentario
#35 En los derechos fundamentales lo que está es: "Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia" --> es decir, que la constitución ampara la ocupación :troll:
Ahora en serio, el derecho a la propiedad privada está en "derechos y deberes de los ciudadanos", no en la sección de derechos fundamentales, y ya se recoge en el propio artículo su limitación en base a utilidad pública o interés social.
#34 No. No es un derecho fundamental. Te pongas como te pongas.... y ya que mencionas la constitución, date una vuelta por su articulado y señálame dónde dice que sea un derecho fundamental.. Te lo pongo en negrita para resaltar qué es lo que debes señalar.
#28 Creo que a todo el mundo le interesa un alquiler barato. Menos al propietario.

Poco derecho fundamental está limado aquí.
#28 Lo que se está haciendo con ésta noticia es dar derechos fundamentales a la gente en contra del interés de unos pocos.
estás diciendo que utilizar casas que están vacías para aumentar el parque de alquiler y que así bajen los precios va en contra del populacho?

Que raro que #_28 me tenga en el ignore . Normalmente los cibervoluntarios de derechas me adoran.

Me cuelgo de #26
#33 Oh, santo dios, Enero 2024... pfff tengo que instalarme en este pc tambien el pluggin para detectar estas cosas..
#36 hay plug ins para éstas cosas?
#26 Aquí el derecho a la propiedad privada no se lo salta nadie. En derecho se diferencia la nuestra propiedad y el uso. En este caso el propietario no cambia, es simplemente que si el bien no está en uso el Estado lo habilita y lo pone en alquiler. El propietario puede reclamar de nuevo el uso del inmueble y se le será devuelto una vez el pago de alquileres amortice la reforma. Seguramente ese cambio de uso se haga después de una serie de notificaciones que den tiempo al propietario a ponerlo en uso si lo desea.
Hay sitios donde ya no se respetan ni a los especuladores.Donde vamos a parar....
Este es el camino.
#6 Hacia una dictadura.
#25 ¿? No se que tiene que ver el derecho constitucional a la vivienda con la dictadura.
#47 Si has escrito esa frase y le has dado a "enviar" no me cabe duda.
#48 Otro #botroclon que viene a no aportar nada. Por favor, ignorar.
#25 Por lo menos Franco construía vivienda pública :troll:
#57 Es que muchos se ponen muy literales con lo de "al menos tienes donde caerte muerto".
#25 Igual que hay leyes contra el acaparamiento de recursos, de dictadura nada, regulación y funcionamiento.
#25 La vivienda es un derecho, y poseer una vivienda conlleva unas obligaciones, como todo, si no cumples tus obligaciones no puedes disfrutar los derechos asociados, si posees una casa vacia y falta vivienda entonces otra persona disfrutará el derecho que tú rechazas, aunque sea temporalmente.
Sería la única forma de solucionar el problema de la vivienda a corto plazo.
#8 4.500 viviendas para una población de 1.2 millones de habitantes, muchas de las cuales serán absolutamente inhabitables. El chocolate del loro. No va a solucionar nada, y sin embargo para ello va a tirar por la ventana derechos básicos.

En las ciudades con alta demanda habitacional apenas hay viviendas vacías. Es un falso mito al que se llega sumando las viviendas de lugares donde no quiere vivir nadie.
#12 Entonces no hay solución a corto plazo, pero mejor que no hacer nada.
#13 Es que a corto plazo no la hay. Y en mi opinión es mejor no hacer nada que robarle a la gente sus propiedades.

Si quieres crear una normativa en tu ciudad que diga que toda vivienda debe estar ocupada, estás en tu derecho, pero deberá aplicarla a aquellos que compren una vivienda desde el momento en que la normativa está vigente, conscientes de los términos en que la adquieren. Aplicarla retroactivamente es simplemente quitarle por las bravas el derecho de propiedad.
#14 la normativa tiene 20 años .

Por otra parte que problema hay en robarle a la gente propiedades si muchas de ellas serán absolutamente inhabitables.
#37 La normativa que tenía 20 años no aplicaba, la que se aplica es una reforma de 2022.

El problema es que eso es robar. Ni más ni menos.
#45 no aplicaba porque podría suceder que el dueño del piso se aprovechase de la reforma gratuita del ayuntamiento y por tanto el ayuntamiento no quería caer en la trampa. Pero la normativa estaba ahí hace 20 años.


Lo que tú llamás robar, otros lo llaman justicia social.
#51 Y se ha aplicado durante 20 años en los términos en que estaba redactada. Lo que tú quieres es cambiar los términos unilateralmente y aplicárselo a contratos previos a la modificación, una burrada.
#70 mentira. Ni se ha aplicado durante 20 años. Ni nadie quiere cambiar nada unilateralmente. Por favor no hagas malabares para tener razón si o si
#75 En el propio artículo te explica que se ha tenido que modificar en 2022 porque en los términos en que estaba redactada previamente no se podían hacer estas expropiaciones.

¿Se ha acordado con los dueños de las viviendas afectadas la modificación legal? No. Se ha hecho unliateralmente.

Si no podemos estar de acuerdo ni en las definiciones más básicas y evidentes poco recorrido tiene esta conversación.
#80 tb explica en el propio artículo que no se había aplicado está ley en los 20 Años anteriores sin embargo tú me acabas de decir que "se ha aplicado durante 20 años en los términos en que estaba redactada"

Pero déjalo. Si está claro que la razón la tienes tú, por ley.
#81 Se aplicaba en los términos en los que estaba escrita. Si no sabes entender algo tan básico dale otra vuelta.
#83 no, no se aplicaba. Lo dice el puto artículo.



Tenía 20 años, pero nunca se había aplicado porque la propia redacción de la norma tenía una trampa. Cuando un ayuntamiento requisaba un bien y lo reformaba para alquilarlo, el propietario podía reclamarlo de nuevo recién reformado y antes de ser alquilado. Así, ningún ayuntamiento, contaba este lunes el diario belga Le Soir, se atrevía a empezar el proceso porque podía terminar sufragando la reforma a un particular.

Ahora sigue contándome que no se entender no se qué.


Lo que sí entiendo muy bien es tu ansia por tener la razón si o si
#85 Joder, qué duros de mollera sois cuando os ponéis cabezones. La norma no dice que el ayuntamiento esté obligado a requisar una vivienda. Por tanto que el ayuntamiento escoja no requisar una vivienda porque las condiciones no le convencen no significa que la normativa no se esté aplicando. Se está aplicando igual.
#88 tócate los webos. Osea que una normativa que no se ha aplicado jamás, según tu si se está aplicando. Y los duros de mollera somos los demás..

Hay que tenerlos bien gordos.

Venga ,ahora sí, esto es imposible. Se acabó
#91 O sea que si en mi pueblo no se detiene a ningún traficante de drogas, es que en mi pueblo no aplica la legisación anti drogas ¿no?

Si quieres te hago un croquis.
#93 hay que tener los huevos bien gordos para seguir por ahí
NO , si en tu pueblo a la policía no le interesa detener a los camellos ,no se estaria aplicando la legislación anti droga
#98 Incorrecto, porque la legislación dice que la policía tiene la obligación de actuar contra los camellos, por tanto si elige no hacerlo está incumpliendo la legislación.

Si la legislación dijese que la policía puede detener a los camellos y dejarles en libertad al día siguiente o no detenerles y la policía elige no detenerles porque para dejarles en libertad es perder el tiempo, entonces se está aplicando la legislación tal cual está escrita.
#91 "na normativa que no se ha aplicado jamás"
Si no se ha aplicado jamás ¿de dónde sacan lo de que el ayuntamiento reformaba la casa y entonces el propietario la reclamaba?
Eso indica que sí, se ha aplicado. Y por eso se dieron esos supuestos.
#85 Un usuario que pone en ignore a todo el que le vota negativo. Si. Mucho ansia de creer que tiene razón.
#80 lo que se han modificado son las condiciones para que esa casa sea devuelta, no han tocado las condiciones para que sea requisada.

Ya hace 20 años sabían que sus casas podrían ser requisadas y han tenido tiempo de sobra para adaptarse a las condiciones de la ley para que eso no pasara.
#84 Esto es como si tú te contratas Internet con Movistar sin permanencia y mañana ellos deciden que tienes una permanencia de 20 años. Eh, que no te han cambiado las condiciones de contratación, solo las de baja.

Que haya que explicar que esto es inmoral tiene tela.
#86 No tiene nada que ver. Sería como si Movistar tuviera una permanencia de 20 años pero no pidiera ninguna compensación por romper el contrato, pero llega un día en el que empiezan a hacerlo. Tú firmaste esa permanencia y no puedes hacer nada por quitártela salvo pagar la compensación que corresponda.

Yo creo que no estás entendiendo lo que ha pasado.
#87 Lo que estás diciendo es la definición precisa de modificación unilateral de contrato, que es motivo de anulación del contrato y de los 20 años de permanencia.

Buen ejemplo.
#90 no han modificado el contrato. Ellos están en su derecho de renunciar a la compensación, o no. Tú eres quien firmaste esos 20 años de permanencia.

Llevémoslo a otro caso. Digamos que la marihuana es ilegal pero la policía nunca ha denunciado a alguien por fumar, pero llega un policía que se sabe la ley y empieza a aplicarla. ¿Es ilegal lo que ha hecho ese policía?
#94 Si la compensación no estaba en el contrato, es una modificación de contrato. Y es tan evidente que esto es una modificación de contrato que para poder aplicar lo que tú dices han tenido que modificar la normativa, es decir, modificación de las condiciones de contrato.
#84 no van a requisar nada, no hay dinero para pagarlas y nadie va a pagar ese dinero para que la alquilen unos muertos de hambre.
www.dlapiperrealworld.com/law/index.html?c=BE&t=sale-and-purchase&
#13 Sin saber exactamente las consecuencias del movimiento del envío, a veces es mejor no hacer nada que dar palos de ciego y crear otros problemas. Caer en el populismo cortoplacista no es bueno para dar solución a ciertos problemas.
#12 "En las ciudades con alta demanda habitacional apenas hay viviendas vacías. Es un falso mito al que se llega sumando las viviendas de lugares donde no quiere vivir nadie."

Pues entonces lo que habra que hacer es descentralizar y deslocalizar las empresas y oficinas y que se vayan a otras zonas menos tensionadas... En España hay mucho terreno para moverse. O en su defecto dar teletrabajo 100%
#16 Bueno, eso tendrán que decidirlo las empresas y los empleados.
#17 Las zonas y ciudades tensionadas estan tensionadas por decision de unos de instalar su empresa en determinadas zonas... si las instalan en otras zonas, los empleados no tendran mas cojones que igual que se ven forzados a ir a esas zonas tensionadas en busca de trabajo, irse a las otras zonas en busca de ese trabajo.

¿que no se quiere hacer? Tranquilidad, que esto tarde o temprano va a reventar. Por un lado o por otro, el sistema es insostenible.
#18 Nadie está obligado a trabajar para nadie. Precisamente, que la cosa "reviente", como tú dices, es la forma natural en que el mercado se auto regula y de hecho ya está ocurriendo. Cuando uno escoge su modo de vida tiene en cuenta todos los factores: tipo de trabajo, salario, ubicación, etc. Si la demanda en las grandes ciudades es desproporcionada, su coste aumenta, lo que lleva a mucha gente a decantarse por otras opciones. Las empresas, conscientes de esto, también empiezan a…   » ver todo el comentario
#18 ¿He oído teletrabajo? Por qué será que algunos no lo quieren ver ni en pintura...
#12 las ciudades con alta demanda habitacional suelen ser a su vez turísticas. Fóllate a los AirBnB y prohibe las cortas estancias y de pronto PUM! tienes cientos de viviendas más para habitar.
#20 Nah, en Madrid por ejemplo los AirBnB apenas llegan a unos cuantos miles para 3 millones de habitantes. Pero en cualquier caso es una medida menos loca que quitarle a la gente sus propiedades.
#20 www.eldiario.es/economia/concentracion-airbnb-manzana-viviendas-vacaci

Echa un ojo. En Madrid fuera del centro mismo no hay apenas AirBnB. Sin embargo, en los barrios obreros no cabe ni un alfiler, lo cual no solucionarías aunque el centro ENTERO se quedara vacío para curritos. No dan los números porque las empresas y la gente decide trabajar en Madrid, así de sencillo.
#30 estás desplazando población de uno barrio (centro) a la periferia. No cabe un alfiler porque has ido vaciando otras zonas de forma rápida y antinatural.
#12 4.500 viviendas en Bruselas, la ciudad que tiene un total de 180.000 habitantes. Suponiendo que viven de media 2 personas por vivienda son 90.000 viviendas en total. En total un 5% de la vivienda de la ciudad. Si eso sirve para bajar aunque solo sea un 5% del precio del alquiler ya ha merecido la pena.

Y esto son los datos de Santiago de Compostela, ciudad turistica de estas que el alquiler esta por las nubes, tanto que los estudiantes ya tienen que irse a vivir a otra ciudad para poder…   » ver todo el comentario
#31 Qué coño va a tener Bruselas 180.000 habitantes xD

Estás confundiendo el centro histórico por la ciudad.
#40
Creo que el que se confunde eres tu entre lo que es región (comunidad autónoma) de Bruselas con la ciudad.
El municipio de bruselas (al que hace referencia el articulo, pues es el ayuntamiento/alcaldía en cuestión) solo tiene 180.000 habitantes.

es.wikipedia.org/wiki/Bruselas
es.wikipedia.org/wiki/Región_de_Bruselas-Capital
#60 Dime que no has puesto un pie en Bruselas sin decirme que no has puesto un pie en Bruselas.
#72 A tu falacia contesto que no he puesto un pie en Bruselas, pero se lo que es una región administrativa.

El ayuntamiento que referencia la noticia son 180.000 habitantes, te guste o no. Al igual que el alcalde de Vigo es alcalde de 300.000 personal pero no del área metropolitana de Vigo que son 500.000 habitantes, ni alcalde de toda la provincia de Pontevedra que son 900.000 habitantes.

Pero es que ademas lo pone en la noticia:

Los debates de política de vivienda en España son de los más…   » ver todo el comentario
#79 Falacia ninguna, no pretendo establecer ningún argumento. Me limito a hacer una observación de lo evidente
#79 #102 A ver, para que quede claro de una vez de lo que estamos hablando, porque os estáis montando una historia loquísima con Bruselas, aquí tenéis los datos del estudio del que han salido las 4.500 viviendas:

Beginning in 2021, researchers first cross-referenced data such as water usage and energy bills to estimate that there were between 17,000 and 25,400 vacant residencies in the Brussels-Capital Region, 10,000 of which were "suspicious". Out of a test sample of 5,000

…   » ver todo el comentario
#40 pues me parece que está más acertado que tú ,porque Bruselas está compuesta por 19 municipios con 19 ayuntamientos. Si está noticia habla del ayuntamiento de bruselas ,la población que abarca es de 180.000 habitantes
#73 Claro, y Madrid es solo lo que está dentro de la M-30.
#76 está claro que solo quieres tener razón si o si. Y así es imposible.

Hasta otra
#12 eso no es cierto. En Palma por ejemplo está lleno de viviendas de lujo vacías, compradas prácticamente en su totalidad por especuladores extranjeros.

Todas las nuevas promociones acaban igual, un buen ejemplo es Nou Llevant, un barrio que de toda la vida ha sido obrero, en el que se han construido una burrada de nuevas viviendas, y todas vendidas a especuladores extranjeros, unas pocas ocupadas con alquileres absurdas y casi todas vacías:…   » ver todo el comentario
#12 es que las 4500 viviendas no son para una Población de 1,2 millones de habitantes. O acaso hay 1,2 millones de personas buscando alquileres en bruselas? De esos 1,2 millones, nadie tiene casa propia? De esos 1,2 millones nadie está ya en un piso de alquiler?
#12 inhabitables no, porque las reforman.
#8 La única forma es la construcción de vivienda pública para alquiler a precio de coste (amortización a 30 años más coste de mantenimiento) hasta que en una zona queden pisos vacíos.
Es la única forma de hacer que los alquileres bajen y de paso se puedan hacer leyes que apoyen al arrendador, pues los inquilinos tienen otras opciones.
#8 Me parec un número muy bajo de viviendas para que solucione el problema, puede ayudar.

He buscado por curiosidad algunos de los ejemplos en algunas noticias en inglés, parece que hay edificios de oficinas abandonados y en malas condiciones. Tiene sentido lo que menciona la noticia de rehabilitar / reformar el edificio, ahí hay mucho dinero a invertir.

En todos los artículos que encuentro lo que veo es que se debe "compensar de forma justa y adecuada al propietario", por ejemplo:…   » ver todo el comentario
#29 Entonces sería "economía circular", porque se autoexpropiarían viviendas que ellos mismos gestionarían ...
Como apliquen la misma norma aquí me veo alquileres por 50€
#3 aquí las viviendas expropiadas pasarían a ser:

- o bien gestionadas por una empresa de Florentino

- inmatriculadas a favor de la iglesia
#5 O por un fondo buitre, que también gusta.
#5 Pero con garantías de poder tomarte una caña sin ver a tu ex.
"las autoridades usan la ley para llevar a cabo esa requisa o expropiación temporal por la que no pagan nada al propietario, que durante décadas puede perder el control del bien y cualquier beneficio que este pudiera aportar, pero no pierde la obligación de seguir pagando una hipoteca sobre ese bien si este la tuviera."

Tengo que admitir que se me ha puesto bastante morcillona al leer esto.
#22 A mi me gustaría ver de donde se han sacado eso, en los artículos legales que he encontrado especifica que se debe compensar de forma justa y adecuada al propietario:

resourcehub.bakermckenzie.com/en/resources/global-corporate-real-estat

Si encuentro algo diferente lo publico.
¡El comunismo! {0x1f47b}
#9 Va a llegaaaaar...
La propiedad privada ya tal.
#11 que le follen a la propiedad privada, el bienestar común va por delante.

En España lo garantiza la Constitución :-D
#21 Literalmente te pasas la propiedad privada por el artículo 33.
#24 me suda la polla la propiedad privada de las viviendas si no tienen un uso, la verdad.

Tu tienes una casa, vives en ella, la disfrutas, tuya es, y nadie te la va a quitar. Si no la usas, entiendo que es para especular y a especular te vas a comprar yates, o joyas u obras de arte. Viviendas, no. Y si por lo fuera, nadie tendría más de dos viviendas a su nombre.
#24 La propiedad privada, como todos los derechos, tiene límites, "No puedes tener casas vacías mientras hay mucha gente sin casa" parece un límite tremendamente razonable.
#21 Qué falta hace una clase de constitucional en secundaria...
#11 el bien común ya tal
#44 Cierto, en ese caso sería confiscación. Lo cual me hace creer que el derecho a la propiedad está muy mal definido u orientado en el modelo capitalista ya que beneficia con creces a las élites y desprecia a la clase trabajadora.

Edito: la requisa también debería entenderse como una especie de expropiación pero en fin, esos términos habría que cogerlos con pinzas porque pueden llevar a confusión.
#4 Expropian su uso, no el propio inmueble.

Es como obligar hacer alquileres sociales.
#10 El artículo no dice lo mismo, o al menos es lo que yo entiendo:

"Tenía 20 años, pero nunca se había aplicado porque la propia redacción de la norma tenía una trampa. Cuando un ayuntamiento requisaba un bien y lo reformaba para alquilarlo, el propietario podía reclamarlo de nuevo recién reformado y antes de ser alquilado. Así, ningún ayuntamiento, contaba este lunes el diario belga Le Soir, se atrevía a empezar el proceso porque podía terminar sufragando la reforma a un particular.

La reforma de 2022 cambió las condiciones y a partir de entonces desde que un bien es requisado ya no puede ser devuelto al propietario original hasta pasadas décadas.
"
#39 Se refiere a que hay un tiempo prudencial antes de devolverlo, no que se pierda la propiedad.
#39 Se devuelve una vez amortizada la reforma, lo que pasa es que eso puede llevar décadas.
España siempre unos pasitos por detrás de nuestros vecinos del norte.
pregunto
¿el piso de una señora mayor que ha de vivir en una residencia o en casa su hijo pq su estado de salud no le permite vivir sola, tmb seria requisado?
#41 Imagino que ese hecho sería una alegación válida para que no te lo requisen porque además se supone que sería su vivienda principal. Diferente que se haya marchado de vacaciones una temporada larga. De todos modos, en el caso de que se marche a una residencia de forma definitiva el piso quedaría, también definitivamente, vacío salvo lo tenga en alquiler.
#41 la verdad es que mientras tanto puedes alquilarla. Eso de dejarla vacía y que se pudra para (casi seguramente) acabar vendiéndola a la muerte de la señora o que necesite una reforma integral es de ser del género tonto. Esa señora mayor no va a volver ahí, se sabe
No me creo nada, esto suena a bulo, solo te pueden expropiar previa indemnizacion segun constitucion, y solo por interes general, por definicion una vivienda nunca es interes general, sino particular ( a no ser que sea para hacer carreteras, etc).
www.dlapiperrealworld.com/law/index.html?c=BE&t=sale-and-purchase&
#89 eso lo dice la constitución española. Desconozco lo que dice la constitución belga.
"Cuando las barbas de tu vecino..." Especular con la vivienda, un bien social de primera necesidad, no está bien y tu lo sabes.

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En las ciudades con alta demanda habitacional apenas hay viviendas vacías.

¿Ah, no? ¿Y qué pasa con los millones de viviendas de esos pobres propietarios asustados que no se atreven a alquilarlas porque las leyes protegen mucho a los inquilinos y no les permiten subir el alquiler para sacar rentabilidad?
#69 A veces necesito currar de 5 a 8 meses fuera. Podría tener mis cosas en una habitación bajo llave y aún así no se me ocurre ni loco alquilar mi casa.
#156 Pero eso no es una vivienda vacía. Estás viviendo tú en ella, aunque no sea todo el año.

Por cierto, mi comentario #69 iba para #_12, que por lo visto me tiene ignorado.
¡Poco me parece!
¡El comunismo de Perro Sanxe llegando a Bélgica!
«12
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