La Audiencia Nacional ha anulado, en una reciente sentencia, el artículo de la Orden Ministerial de Economía de 2011 que otorgaba el control de legalidad a los notarios para denegar la autorización de préstamos hipotecarios cuando éstos incumplieran lo previsto en la legalidad vigente. Esta función vuelve a los Registros de la Propiedad. El fallo también anula el precepto que indica que la resolución por la que el notario deniegue la autorización del préstamo o la inscripción de alguna de las cláusulas del contrato
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