[...]Afirma la Audiencia que "existió una culpa en la actuación de la señora, ya que ha quedado acreditada su falta de diligencia al entrar en casa del demandante llevando uno de los tacones sin la correspondiente tapa protectora, sobresaliendo por ello dos puntas metálicas que fueron marcando la tarima del suelo recién colocada. Tal defecto del tacón era perfectamente detectable por parte de la demandada a la hora de caminar y, sin embargo, nada advirtió a los moradores cuando llegó a una casa en la que acababa de colocarse un suelo nuevo[...]
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