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Analizan si curas pueden heredar de las personas a las que “ayuden a bien morir”

“Los ministros de culto, sus ascendientes, descendientes, hermanos y cónyuges, así como las asociaciones religiosas a que aquellos pertenezcan, serán incapaces para heredar por testamento, de las personas a quienes los propios ministros hayan dirigido o auxiliado espiritualmente y no tengan parentesco dentro del cuarto grado”, señala la norma constitucional. Relacionada: meneame.net/story/entidad-cura-moure-condenado-apropiacion-indebida-ab

| etiquetas: religión , herencias , economía , católica , méxico
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