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Acatar no es ejecutar (OPINIÓN)

La sentencia del Tribunal de Estrasburgo (Tribunal Europeo de Derechos Humanos o TEDH) condenando a España en el caso de Inés del Río (el asunto sobre la Doctrina Parot) plantea, de nuevo, el problema de la ejecución de las sentencias del TEDH, que son obligatorias pero no ejecutivas. ¿Qué significa esto? En síntesis, lo siguiente: que España está obligada a hacer todo lo que su ordenamiento le permita hacer para dar cumplimiento a la sentencia del TEDH, pero no a lo que el ordenamiento jurídico español no le permite.

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