La sentencia, que condena al denunciado a razón de dos meses de multa con una cuota diaria de 4 euros, puede ser recurrida en la Audiencia Provincial de Madrid. El condenado, que no acudió al juicio, también deberá pagar las costas. “No esperaba mucho más porque conozco los agravios comparativos que hay cuando las amenazas van desde la Guardia Civil a colectivos de izquierdas, a periodistas, y cuando es a la inversa”, afirma Maestre
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