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11 días de indemnización por finalización de contrato temporal

Desde el 1 de enero de 2014 los contratos temporales, concretamente los contratos de obra o servicio determinado y los contratos por circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos (eventuales), han pasado a tener una indemnización de 11 días por año trabajado, tal como quedó previsto en la Disposición Transitoria Decimotercera del Real Decreto 10/2010 de 16 de junio, la Reforma Laboral de 2010.

| etiquetas: 11 días , indemnización , finalización de contrato , contrato temporal

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