Para escoger el nombre para una sociedad, si nos hemos decantado por una denominación objetiva (
bit.ly/dhnrZl), debemos tener presentes una serie de reglas que impiden que utilicemos una serie de términos y palabras dentro de nuestra denominación social. La denominación objetiva como tal es un nombre inventado, en los alfabetos de las lenguas contempladas por la constitución y con números arábigos o romanos. Con estas premisas, inicialmente cabe cualquier tipo de nombre, pero hay que seguir las siguientes restricciones...