Feijoo dispone: "Conforme lo establecido en el art.37.2º del Real decreto legislativo 1/1995, del 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el art.45 del Real decreto 2001/1983, del 28 de julio, modificado por el Real decreto 1346/1989,del 3 de noviembre, de no se producir modificación en el calendario laboral de carácter estatal," será fiesta laboral en el territorio de la Comunidade Autónoma de Galicia el año 2011: 25 de xullo Dia Nacional da Galicia.