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Pagar gastos personales con dinero público es delito

Nuestro Código Penal, en el artículo 432. 1., tipifica el delito de malversación de caudales públicos, que castiga como una pena de prisión de tres a seis años e inhabilitación absoluta por un tiempo de seis a diez años, a “la autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, sustrajere o consintiere que un tercero, con igual ánimo, sustraiga los caudales o efectos públicos que tenga a su cargo por razón de sus funciones“.

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