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Sentencian que la Xunta no puede suspender en verano los contratos de las sustitutas en escuelas infantiles (GAL)

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado nula una cláusula que el Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar venía incluyendo de manera generalizada en todos los contratos de interinidad por sustitución, por la que el contrato quedaba suspendido en los períodos vacacionales, en los que el trabajador pasaba a no cobrar ni cotizar. Ni podían cobrar el paro ni coger otro trabajo en verano, porque les habían suspendido los contratos

| etiquetas: escuelas infantiles , suspensión de contrato , personal sustituto
10 3 0 K 81
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