«Los 5.000 euros es una indemnización desproporcionadamente baja. Este fallo pone en evidencia la necesidad de revisar los criterios de valoración de daños morales y materiales para garantizar una reparación justa en casos similares. Esto plantea interrogantes sobre el compromiso del sistema judiciall con la equidad en la reparación de estos perjuicios». La sentencia, que puede ser recurrida en casación, siente un precedente sobre la objetivación del daño moral en casos de prisión preventiva indebida.
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Por esto deberían quitarle la plaza al juez que realizó ese "secuestro".