#135 - Hablaban de VIOLAR en sus chats
- Salvo que aportes pruebas eso es falso
- Toma, los chats en los que hablan de "llevar drogas para las VIOLACIONES" y "que luego todos queremos VIOLAR"
- Era broma...
#111 No, claro. Que le robasen el móvil para que no pudiese pedir ayuda, que en sus chats privados hablasen de VIOLAR literalmente o que tengan otros casos de violación no prueba nadita de nada.
#123 no he visto los vídeos. Pero las circunstancias que rodean el caso, más el robo del teléfono y las demás denuncias y abusos documentados que hicieron a otra chica me hace pensar que es todo muy turbio y que no son tan inocentes como dices. Sin ver los vídeos es difícil poder juzgar nada.
#111 que no es nada coherente si todo era voluntario. Es una actitud bastante sospechosa y que dice mucho de los perpetradores.
Además de otros vídeos y otros abusos que han sido a la luz.
#75 Y los hombres? Me parece que se plantea mucho menos o nada si un hombre drogado esta capacitado para consentir o si una mujer que tiene sexo se esta aprovechando de él. #82 Parece como la acosadora del pegamento en la vagina. Es posible sea un peligro social y mas si no comprueba las consecuencias de sus actos.
La falta de consecuencia quita peso al denuncia de las victimas reales. Igual que permitir que el acusado mienta, quita veracidad a los acusados inocentes que dicen la verdad.
#111 pues es un indicio de delicuente, que es mas probable que haga otros delitos diferentes.
En suecia si te roban despues de tener sexo creo que se puede considerar violacion. Entiendo que si te meten droja en el colacao tambien se podria entender como violacion aunque inicialmente sea consentido.
No es normal que en una relacion consentida, haya un robo. Se deberia tipicar de algun modo, porque el hecho de que se haya aprovechado alguien en el que has puesto tu confianza tiene cierta gravedad. No se si tanto como violacion, pero puede haber muchos delitos.
Por ejemplo, pueden utilizar una relacion sexual para entrenerte mientrar te roban o hacen otra infraccion.
#85 Hombre, los animales no se abandonan "sin querer". Por eso, como digo abajo, pueden alegar un "yo que sabía que estaba en peligro su salud si lo dejo en un coche al sol", es decir, alegar imprudencia para librarse en este caso, pero teniendo en cuenta de que fueron activamente avisados de que los animales estaban en peligro y aún así terminaron tranquilamente de comer, parece complicado que un juez no aprecie dolo ahí.
Estamos hablando de un delito que se creó expresamente para castigar este tipo de cosas...
#80 No obstante, que no se castigue penalmente una imprudencia no significa que esta quede impune. El despistado puede ser sancionado por otras vías, por ejemplo la administrativa. La vía penal solo se aplica a las acciones que el legislador considera de mayor gravedad. Es lo que se conoce como los pricipios fragmentario, subsidiario y de última ratio del derecho penal.
La frase inicial "No hay delito sin dolo." no es cierta, porque hay delitos por imprudencia.
Como, según el artículo 12, la imprudencia debe constar expresamente, el delito concreto de maltrato animal imprudente no existe.
Pero sí existe el delito de abandono animal en condiciones peligrosas, que es claramente el tipo que les aplicaría a esta gente.
Quizás se podrían librar alegando que cuando dejaron a los perros en el coche las condiciones no eran peligrosas, pero parece complicado que eso cuaje cuando fueron a avisarles de lo que pasaba y aún se terminaron el chupito tranquilamente.
#60 Tu frase lapidaria es "No hay delito sin dolo". Eso no es cierto.
Luego has dicho "sería una imprudencia así que serán absueltos penalmente", asociando la imprudencia a la carencia de responsabilidad penal, lo cual tampoco es cierto:
Artículo 5.
No hay pena sin dolo o imprudencia.
Artículo 10.
Son delitos las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley.
Pero es más, parece que intentas justificarte en que lo que tú querías decir es "No hay delito de maltrato animal sin dolo", y eso resulta que tampoco es cierto, ya que el código penal en este caso no hace ninguna distinción entre imprudencia o dolo:
Artículo 337.
1. Será castigado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual, a
a) un animal doméstico o amansado,
Así que, atendiendo al artículo 10 del código penal, cualquier forma de maltrato por imprudencia es igualmente delito.
Bueno, de hecho es que está recogido tal cual en el bis del mismo artículo:
Artículo 337 bis.
El que abandone a un animal de los mencionados en el apartado 1 del artículo anterior en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad será castigado con una pena de multa de uno a seis meses. Asimismo, el juez podrá imponer la pena de inhabilitación especial de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
#36 Pues no es mala idea, algún padre primerizo con prisas habrá salido del coche con carrito y los mil trastos del niño... sin el niño (sobretodo si está sopa) eso sí luego a toda mecha vuelven.
#68 El titular no dice "condena a muchos jóvenes a buscarse una alternativa habitacional, como una caravana, compartir piso o vivir con los padres" dice "jóvenes condenados a vivir en caravanas".
Que cambien el titular por uno que no sea una mentira, y ya está. No es tan difícil.
A ver si eldiaro.es no pone titulares de nivel okdiario. Estaría bien.
* Si algo no funciona como yo esperaba (el mercado se regula solo) es porque en ese caso no le dejan que se regule.
* Si alguien no piensa como yo es que está cegado ideológicamente.
youtu.be/ttuh-9KYbdY?t=603