#77 Es que quizás tenemos que asumir que la electrónica o, al menos, los productos de infraestructura de red tienen que tener cierto soporte técnico y tienen que acabar teniendo un coste que tendremos que acabar asumiendo.
Igualmente en el tema de routers domésticos los aparatos que predominan en las casas son los propios de los operadores y es ahí dónde se tiene que entrar a que sean estos mismos operadores que suministren las actualizaciones de seguridad oportunas.
#43 Quizás ahí podría entrar la normativa de garantía de fabricante y ver cómo se podría regular. Abriríamos un debate importante sobre si el parcheo de vulnerabilidades de los aparatos podrían entrar dentro de ella, qué alcance puede tener y a qué dispositivos se le aplica exactamente.
#41 Obviamente, pero es un problema mucho más grave, del que te vas a tener que ocupar. Y que trasformar las viviendas a esa nueva normativa es inasumible. Por tanto, si te ocupas, las nuevas construcciones tampoco necesitaran de esa nueva normativa. Lo lógico sería aplicar esas medidas, hasta que se construyan las obras hidraúlicas que permitan que ya no sean necesarias.
#31 Si tienes 100.000 vivendas en zonas que se ha inundado, el problema lo tienes por mucho que se construyan un pequeño porcentaje de esas en la próxima década. Y vas a tener que dar solución a lo construído, no poner una normativa como si no fueras a hacer nada, a ver si en 200 años ya no hay viviendas ni garajes ni comercios, ni industria, a menos de 2 metros de altura.
#41 miedo me da igualmente. Hoy en día solo se puede afiliar al PP la élite económica extractiva, muertos de hambre, estómagos agradecidos, mafiosos, o retrasados mentales. No hay NADIE que pueda entrar ahí para hacer NADA útil para la sociedad.
#5 eso ocurriría si éste país fuese una democracia. Pero hoy he visto a Lucía Méndez decir orgullosa que Franco murió en la cama. Sin duda alguna no quiere recordar que Franco murió matando por fusilamiento a varios demócratas antes de morir en su cama.
#16 Y eso que no me he metido con el Código Penal francés. En resumen, que al ser el accidente en Francia, el procedimiento penal va a durar el doble o más de lo que duraría en España
#14 Ya te he dicho que desconozco las circunstancias concretas, pero si no hay imprudencia penal del conductor (por cierto, en el ámbito penal es denuncia y no demanda) y el sistema es igual en España que en Francia, por ejemplo, que se le reventase una rueda, se quedase sin frenos o tuviera algún problema en la dirección, siempre y cuando circulase a la velocidad establecida en el tramo de carretera y no haya dado positivo en alcohol o drogas, en vía penal tengo serias dudas de que condenen al conductor, y sin condena al conductor no hay condena a la aseguradora. Luego se podría acudir (y te digo que en este asunto, con lesionados graves, el juicio penal va para largo, ya que hasta que el último lesionado -y los hay bastante graves- no tenga la sanidad forense, no se señalará juicio, y además el accidente ha ocurrido en Francia, y si nos quejamos de la lentitud de la justicia en España, tendrías que ver cómo va en Francia, máxime cuando las revisiones forenses de los lesionados se van a realizar en España, mediante cooperación judicial internacional, con los consiguientes retrasos añadidos. Luego se puede demandar (esta vez sí) en vía civil, una vez concluido el procedimiento penal en Francia, ante los Juzgados españoles, y aquí entraría en cuestión el tema de si hay cobertura o no del seguro por lo que he comentado antes. Si tienes otra información distinta, te agradecería que me la comentases, por curiosidad profesional. Perdón por la chapa
#12 Trabajo en seguros, y si no hay condena penal del conductor, va a ser muy complicado que la aseguradora indemnice a los perjudicados de momento, sobre todo si el accidente se ha producido por avería mecánica o existe alguna exclusión de cobertura en función de las circunstancias del arrendamiento que comentan en las noticias al conductor, pero como he dicho también, tendría que ver los datos completos. Ojalá esté equivocado
#10 En principio podría cubrirlo si el accidente no tiene origen en una deficiencia de las que se comprueban en ITV (si tuvo que ver con fallos en frenos, neumáticos y dirección, el seguro no va a cubrir indemnizaciones sin pelear). También y como dije en otro comentario, habría que tener en cuenta las condiciones del arrendamiento del mismo, que no conozco, pero al parecer el autocar estaba arrendado por una empresa de transportes que estaba en suspensión de pagos a la empresa titular del mismo y el conductor al parecer se lo alquiló por su cuenta a la arrendataria en suspensión de pagos, por lo que habría que ver en qué condiciones se alquiló. Y el enlace que me has mandado es de Pelayo, que es famosa en el sector por su reluctancia a pagar indemnizaciones, por lo que lo que te digan en su página, hay que tomárselo con cierta cautela
#25 Por 400 putos euros vivir en un ataúd, por muy guays que sean las zonas comunes (que compartes con 20-50 personas, no con 2-4) es un robo a mano armada.
#62 Si el bando es racista, clasista, neo franquista, niega el cambio climático y la violéncia de género, creo que se puede entender que haya gente que no esté dispuesta a cambiar a ese bando o algún bando que les apoye.
#9 el hormiguero nunca paga a nadie.
la exclusividad la tenía con A3, y A3 decidió que fuera en el hormiguero. y la tenía desde antes de firmar con la revuelta pero no eran conscientes
¿Había algún tipo de compromiso / acuerdo / contrato de exclusividad / de primicia (con EH) antes del día 8, o, por el contrario solo hubo, supuestamente, una confirmación del día 27 con EH sin que de ninguna forma estuviera especificado que sea en exclusiva / primicia???
* Según EH, había un "acuerdo" realizado "2 semanas antes del campeonato". El campeonato fue el domingo día 17, así que 2 semanas antes implica el día 3 N... previo al compromiso con LR que se produjo el día 8N.
Pero, atención, porque según EH este acuerdo 2 semanas antes del día 17 era en exclusiva...
Es decir, según EH la respuesta a la pregunta sería SÍ, y es culpa del representante (de Jorge Martín) no saber bien la existencia de esa exclusividad / primicia... lo cual ha causado un daño a LR.
* Según LR / Broncano parece que la respuesta a la pregunta es NO... ya que da a entender que EH "ha movido los hilos" para fastidiarle su programa a última hora cuando ya no tenían posibilidad de reemplazar a este invitado... También según Broncano, en caso de emitir la entrevista el día 21 o cualquier otro día antes del día 27 "pasarían cosas", lo cual sugiere algún tipo de coacción o amenaza...
Otra pregunta relacionada es ¿Qué "cosas" pasarían???
+ Algunos dan a entender que en caso de emitirse primero en LR el programa de Pablo Motos y Jorge Salvador simplemente cancelaría la entrevista del día 27, causando un perjuicio (relativo) a Jorge Martín... por perder la aparición en uno de los dos programas (de máxima audiencia)... Obviamente EH también perdería algo: tener esta primicia y una importante entrevista.
Es una opción en la que ambos salen perdiendo y, por tanto, parece un motivo para que Jorge Martín + su representante acepten.
Dado que no pueden perder un pago de dinero directo, si no pagan a los invitados, esta parece ser una "cosa" razonable que podría… » ver todo el comentario
#9 la cagada parece ser del manager del piloto. Aunque los de La revuelta también deberían intuir que El Hormiguero defendería su derecho a hacer la entrevista en primicia, y haberla programado para después y dejarse de lloros.
De haberse hecho, La revuelta tendría la primicia y el piloto tendría un problema legal.
#9 El hormiguero dice que nunca a pagado una entrevista a un invitado. Suelen ir promocionando algo.
Supogo que al tener contrato del MotoGP,tambien incluye la primicia de la entrevista en A3. Y tal vez ese detalle no lo tenia en mente quien debia que seguramente no es el piloto.
Entonces cuando Jorge Martin confirmo a la Revuelta su asistencia, tenia algun compromiso previo o la obligacion aparecido despues del la confirmacion con la Resistencia?