Fuentes universitarias sostienen que el nombramiento se hace al margen de la normativa. El nombramiento se produce tras la dimisión, en protesta por la adjudicación de Cabezuelo, del anterior director, Pedro Paniagua Santamaría. Contraviene, así, abiertamente lo dispuesto tanto en el artículo 79 de los Estatutos de la Universidad, como en el 208 del Reglamento Electoral vigente. Según estas normas, en caso de que quedar vacante el puesto del director por una razón imprevista (por ejemplo, dimisión), el titular sigue en funciones hasta la...
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