La sentencia sigue alegando cosas como que facilitarnos el acceso supondría un daño a la propiedad intelectual (pese a que la aplicación se desarrolló por la propia administración), la protección de los datos personales que usa, la seguridad de prácticamente todos los sistemas informáticos de la administración y prácticamente todos los límites a la transparencia de la ley, sin especificar demasiado. Relacionada:
www.meneame.net/story/justicia-impide-apertura-codigo-fuente-aplicacio
if elemento.sueldo < X then elemento.puntos=elemento.puntos+1
if elemento.edad > Y then elemento.puntos=elemento.puntos+0.5
if elemento.discapacidad = 1 then elemento.puntos=elemento.puntos+1
if elemento.monoparental = 1 then elemento.puntos=elemento.puntos+1.5
...
y luego se ordena por el número de puntos y se da el bono a los los primeros N o a aquellos que pasen de M puntos.
El resto del código se lo pueden quedar, lo que nos interesa saber es únicamente como se hace la suma y en base a que criterios... y eso no es "propiedad intelectual".