Según la legislación española, la venta de seres vivos es legal siempre y cuando se cumplan unos requisitos mínimos de salubridad en los denominados núcleos zoológicos (los espacios donde se concentran más de cinco individuos no humanos). La ley 5/1997 del 24 de abril para la protección de los animales de compañía prohíbe "la cría y comercialización de los animales sin las licencias y permisos correspondientes"; algo que en la práctica se traduce en la prohibición de que esta actividad sea llevada a cabo por particulares.
|
etiquetas: animales , compra , mascotas