El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declaró procedente el despido de un trabajador en Granada en base al informe de un detective privado que contrató la empresa y que el alto tribunal considera una prueba "ilícita", "sin valor jurídico alguno", incidiendo en que este tipo de informes "no tienen la condición de pruebas documentales".
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