El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha fallado que una relación entre dos mujeres no justifica dar la custodia parental al exmarido, como ocurrió en Polonia en un caso que le ha valido una condena a ese país. Para los jueces europeos, la decisión de dársela al padre "se basó únicamente o de manera determinante en la orientación sexual, lo que constituye una discriminación" del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
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