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El miedo a la Covid no exime de ir a trabajar

Cuando no existe un diagnóstico previo de enfermedad o dolencia que hagan al trabajador sustancialmente sensible en relación con la infección de coronavirus, éste no puede ampararse en el “miedo cerval al contagio” para no acudir a su puesto. Esta es la conclusión a la que ha llegado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid cuando ha declarado procedente el despido de una empleada que obvió las instrucciones de su jefe y no acudió a la oficina los días que le habían asignado alegando “autoprotección”.

| etiquetas: despido , miedo , covid

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