El tema no deja de tener cierta complejidad técnica, que intentaré resumir de forma lo más sencilla posible, pero antes hemos de decir que esta nueva resolución es una continuación de la saga de la discriminación ya declarada respecto a la normativa de acceso a la jubilación de las trabajadora a tiempo parcial en nuestro país. Fue a raiz del conocidísimo tema "Elbal Moreno", aquella trabajadora que debía cotizar durante ¡¡¡98 años!!! para poder acceder a la prestación de jubilación contributiva
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