La Magistrada-Juez considera respecto a la trabajadora que “la información que se le suministró no fue correcta y fue tendiendo durante la duración de la charla a agravar las faltas en que hubiera podido haber incurrido a los efectos de conseguir el resultado pretendido que era la suscripción del documento”. “Una amenaza coactiva que origina a todas luces la influencia de un ánimo que vicia la voluntad y el consentimiento”.
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