De acuerdo con las decisiones adoptadas por los órganos de gobierno del Plan de actuación PROCICAT del 24 de octubre, las actuaciones de captura de fauna cinegética en horario nocturno al amparo de autorizaciones excepcionales por daños la agricultura, a los efectos de las limitaciones a la establecidas en la Resolución SLT/2620/2020, de 25 de octubre, se consideran funciones propias del puesto de trabajo o de su actividad profesional agraria y en consecuencia pueden continuar con su ejecución.
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