El Real Decreto que legisla los carriles bici los define como «la vía acondicionada para el tráfico de ciclos, con la señalización horizontal y vertical correspondiente, y cuyo ancho permite el paso seguro de estos vehículos». Esto quiere decir que no sólo las bicicletas pueden utilizarlo, sino también los Vehículos de Movilidad Personal o VMP definidos en la nueva Ley de Tráfico que entró en vigor el pasado 21 de marzo. Es decir, además de bicicletas, por un carril bici pueden circular patinetes y otros VMP, como es el caso de monociclos, Se