La Justicia ha vuelto a poner en entredicho la legalidad de las multas impuestas por el Ayuntamiento de Madrid desde septiembre de 2021 por acceder sin autorización a las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Ahora, con un nuevo argumento, recogido en una innovadora sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 33 de Madrid: «En la fotografía que aporta el Consistorio madrileño como única prueba de cargo para acreditar la infracción no consta señal de limitación alguna”.
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La discusión estaría si te multan a 110 en una zona de 100 en una vía que sí llega a 120 en algunos tramos. Ahí solo está la palabra del que pone la multa de que no faltaba la señal.
Y en una zona ZBE no puedes circular con ciertos vehículos, veas o no veas la señal.
Bueno, como bien indicáis la velocidad de 250 es siempre sancionable, vamos a poner entonces el ejemplo de ir a 90 en una zona limitada a 60. Se mire como se mire es un sinsentido esta sentencia judicial.
Es poco razonable que yo tenga que estar mirando cada día por qué calles puedo circular con mi clase de vehículo hoy, y mañana, y pasado... Aparte, de que no me tengo por qué conocer todo Madrid de memoria, ni quizá incluso ser consciente de que existe una zona en España con una normativa variable de la que tenga que estar pendiente, porque eso no venía en el código de circulación que yo aprobé, y a mí nadie me ha comunicado nada ( no… » ver todo el comentario
Si te pillan a más velocidad de la genérica de la vía no hace falta señal.
Los prevaricadores jueces, encima de corruptos son negacionistas y anti medio ambiente.
Ps. Mi coche es un Yaris 2009 (C) y este año que entra voy a hacer la conversión a GPL(eco) e intentaré aguantar lo que pueda antes de cambiar de coche.