No es habitual, pero está contemplado que el Estado sea heredero en casos puntuales. Tiene la obligación de asignar un tercio de la herencia a instituciones municipales de beneficencia, acción social y profesionales. Comunicar un fallecimiento que deja patrimonio sin herederos da la posibilidad de cobrar el 10% de lo que corresponda a Hacienda por una herencia.
|
etiquetas: estado , herencia , biene