El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de asilo a una ciudadana siria al considerar acreditada la existencia de indicios suficientes de que puede ser perseguida en su país por motivos ideológicos y religiosos.La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que en razón de las circunstancias acreditadas de ser nacional de Siria, profesar la religión musulmana suní, y haber desarrollado una actividad de defensa de los derechos humanos y de ayuda humanitaria, la solicitante está incursa en los grupos de riesgo de sufrir persecución
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